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Una decisión difícil de entender: ¿por qué Estrada Fernández le quitó la roja a Iñigo Martínez?
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Una decisión difícil de entender: ¿por qué Estrada Fernández le quitó la roja a Iñigo Martínez?

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Estrada Fernández expulsa a Iñigo Martínez en la final de Copa (Foto: Kiko Hurtado).
Estrada Fernández expulsa a Iñigo Martínez en la final de Copa (Foto: Kiko Hurtado).

La segunda parte de la final de la Copa del Rey entre Real Sociedad y Athletic Club no ha estado exenta de polémica, sobre todo en el área del conjunto bilbaíno. Tras el posible penalti por mano de Iñigo Martínez que finalmente acababa en falta por decisión del VAR, llegaba el derribo del defensor ondarrutarra sobre Portu que, esta vez sí, Estrada Fernández castigaba con la pena máxima a favor de la Real.

Pero la cosa no quedaba ahí, ya que el colegiado mostraba la cartulina roja directa a Iñigo Martínez, que incluso acataba la decisión arbitral sin problemas. Pero tras consultar el VAR decidía retirar la expulsión y dejaba el castigo en amarilla, quedando ambos equipos con 11 sobre el verde, al entender que no era una clara ocasión de gol cuando Portu se quedaba totalmente solo ante Unai Simón. Por suerte, Mikel Oyarzabal no fallaba desde el punto de penalti y adelantaba a la Real Sociedad en el marcador.

Estrada Fernández corrige su decisión sobre la expulsión de Iñigo Martínez (Foto: Kiko Hurtado
Estrada Fernández corrige su decisión sobre la expulsión de Iñigo Martínez (Foto: Kiko Hurtado

A Iñigo la roja le hubiera supuesto perderse la otra final

En apenas unos días, la Real Sociedad se medirá al FC Barcelona en la final de la Copa del Rey de esta temporada. Un partido que no podría haber jugado Iñigo Martínez, que además de la suerte de poder seguir sobre el verde ante su exequipo, no se perderá ese partido.

Artículo 56.1 del código disciplinario de la RFEF, sobre el modo del cumplimiento de las sanciones: "La suspensión por partidos que sea consecuencia de la comisión de infracciones de carácter leve, implicará la prohibición de alinearse, acceder al terreno de juego, al banquillo y a la zona de vestuarios, en tantos aquellos como abarque la sanción por el orden en que tengan lugar, aunque por alteración de calendario, aplazamiento, repetición, suspensión u otra cualquiera circunstancia, hubiese variado el preestablecido al comienzo de la competición, en los partidos de la misma competición en que dicha infracción fue cometida".

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