Es Noticia
Apelación reduce de siete a tres años la sanción a chileno Mayne-Nicholls
  • Mi perfil
  • Salir

Apelación reduce de siete a tres años la sanción a chileno Mayne-Nicholls

DMQ

La Comisión de Apelación de la FIFA ha estimado en parte el recurso del chileno Harold Mayne-Nicholls y ha reducido de siete a tres años la sanción que le impuso el pasado 3 de julio la Comisión de Ética por infringir diversos artículos del Código Ético."Si bien ha coincidido con los principios y argumentos que planteó el órgano de decisión, la Comisión de Apelación consideró que la sanción impuesta no era proporcional a las infracciones cometidas", ha señalado la FIFA en un comunicado, en el que recuerda que el dirigente chileno fue multado también con 20.000 francos suizos.
Mayne-Nicholls, que ya ha anunciado que va a recurrir al Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), presidió el comité que evaluó las candidaturas a los mundiales 2018 y 2022 -otorgados a Rusia y Catar- y según la FIFA infringió los artículos 13 (Reglas generales de conducta), 15 (Lealtad), 19 (Conflicto de intereses) y 20 (Aceptación y ofrecimiento de obsequios y otros beneficios) del Código Ético.
De acuerdo a los fundamentos de la sanción, que la FIFA le impuso a principios de julio de 2015 y que no hizo públicos hasta el pasado enero, Mayne-Nicholls pidió "repetidamente favores personales para familiares cuando presidía la comisión de evaluación sin actuar en interés de FIFA".
El presidente de la Federación Chilena (2007-2011) esperó 192 días para conocer estos fundamentos y poder entregar su apelación en la sede la FIFA, trámite que formalizó el 14 de enero pasado.
"Seguiré el procedimiento y apelaré al TAS donde probaré la absoluta improcedencia de la sanción", ha señalado Mayne-Nicholls en su cuenta de twitter.
La FIFA también ha confirmado que su Comisión de Apelación ha rechazado en su totalidad el recurso interpuesto por Ganesh Thapa, presidente de la Asociación de Nepal, y ha confirmado parcialmente la sentencia dictada el 9 de noviembre por el órgano de decisión de la Comisión de Ética, que le inhabilitó durante diez años.
"Con espíritu de buena fe y en consonancia con el principio establecido en el artículo 85 párrafo 2 del Código Ético, el periodo de 210 días durante el cual el señor Thapa se abstuvo de participar en toda actividad relacionada con el fútbol, coincidiendo con los procedimientos de la Comisión de Ética, se ha tomado en consideración en la ejecución de la sanción", ha indicado la FIFA.
Por ello, ésta ha considerado que la prohibición entró en vigor de forma retroactiva el 16 de abril de 2015.

0 comentarios
Escribir comentario 0 comentarios
Deja una respuesta

Información básica de Protección de Datos:
Responsable de los datos: El Desmarque Portal Deportivo, S.L.
Finalidad: con la que se tratan sus datos personales: gestión de comentarios en el blog.
Derechos que le asisten: podrá acceder, rectificar y suprimir los datos, así como revocar la autorización para el tratamiento de los datos, ejercitar los derechos de limitación, portabilidad, y a no ser objeto de decisiones automatizadas dirigiéndose por escrito a la dirección: legal@eldesmarque.com.
Información adicional: puede consultar la información detallada en el siguiente enlace: https://www-origin.eldesmarque.com/politica-de-privacidad (apartado “Gestión de comentarios en foros y blogs”).

Cancelar

Cargando

Has preferido rechazar las cookies, regístrate para acceder al contenido

El registro permite navegar rechazando el aviso de cookies, pero no implica dejar de recibir publicidad ni acceso a contenido o ventajas exclusivas. Si ya estás registrado, haz click aquí para acceder.

Recuerda que tienes la opción de aceptar las cookies para acceder al contenido sin registrarte