La excepción que libra a Hugo Duro de la sanción y le permitirá empezar LALIGA 2025/26

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Vio la quinta amarilla en el minuto 94 del Betis-Vaencia
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Fue amonestado por "encararse con un adversario sin llegar al insulto o la amenaza"
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Podría jugar el primer partido de la 25/26
La RFEF ha publicado esta semana, como suele ser habitual, las sanciones del Comité de Disciplina posteriores a la jornada 38 de LALIGA EA Sports, la última en Primera División. Sanciones que, en teoría se arrastrarán al próximo curso, pero no en todos los casos son lo mismo. De hecho, Hugo Duro, se acogerá a una de las excepciones del reglamento y podrá ser titular el prime encuentro de LALIGA a mediados de agosto si Carlos Corberán lo estima oportuno y si está disponible.
Y es que, según dice el apartado 4 del artículo 119 del Código Disciplinario de la RFEF admite una excepción a la norma que dicta que un futbolista será sancionado con un encuentro por acumulación de tarjetas amarillas, como es el caso de Hugo Duro que, en el minuto 94 de Betis-Valencia, fue amonestado por "encararse con un adversario sin llegar al insulto o la amenaza", como refleja el acta del colegiado Víctor García Verdura.

Lo que dice la regla a la que se acoge Hugo Duro
El aparado cuatro del artículo 119 dice exactamente: "4. La regla contenida en el apartado primero (dónde dice que tras cinco amarillas se cumplirá un partido de sanción) no será de aplicación en aquellos casos en que la amonestación con la que el/la jugador/a cumpliría el ciclo a que esta norma hace referencia, tenga lugar en el último partido que el club dispute en la competición de que se trate".