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Cuándo se puede entrar o salir de Asturias durante el periodo de cierre
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Cuándo se puede entrar o salir de Asturias durante el periodo de cierre

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El presidente de Asturias, Adrián Barbón, en un acto público con mascarilla (Foto: Gobierno de Asturias).
El presidente de Asturias, Adrián Barbón, en un acto público con mascarilla (Foto: Gobierno de Asturias).

Adrián Barbón anunció el cierre perimetral de toda la región asturiana por un tiempo que no definió y que dependerá de la duración del estado de alarma nacional y de cómo avance la situación epidemiológica. El presidente del Principado de Asturias consideró esta medida vital y necesaria para frenar el crecimiento de los contagios en la comunidad, que siguen creciendo de forma alarmante.

Además de este cierre, el Principado ha decretado que el toque de queda en Asturias sea de 00.00 a 06.00 horas, ampliando así en una hora el establecido por el gobierno nacional. Una medida que entrará en vigor este mismo lunes, a excepción del cierre, que será el miércoles. Sin embargo, esta nueva normativa en la comunidad tiene una serie de excepciones que el propio presidente relató durante su intervención ante los medios.

Cuándo se puede entrar o salir de Asturias durante el periodo de cierre.

- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

- Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

- Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

- Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.

- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

- Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.

- Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

- Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.

- Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

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  1. Maria Dolores Rodriguez Fernandez

    Estoy de acuerdo con todas las medidas y explicadas, pero siento un verdadero pesar, no poder ver a mi novio, que reside en Barcelona y yo en Asturias. Ambos negativos. Siento dolor, en no verlo por las Navidades.que todo sea por la seguridad de todos. Gracias

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