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Las multas de circulación que trae el verano: de las chanclas a sacar el brazo por la ventanilla

Control de Policía en Torrevieja (Foto: Diario Información).
María García

El verano dispara las multas relacionadas con los vehículos, ya sean multas por incumplir las normas de tráfico o por no realizar la conducción de manera adecuada. Este año, además, coincidirá con el fin de la desescalada y los desplazamientos se multiplicarán con toda esa gente que no haya podido cambiar de provincia durante este desconfinamiento.

Por eso, conviene repasar no ya cuáles son las multas por exceso de velocidad o por conducir bebido o con drogas en el cuerpo. Estas infracciones, detalladas por el portal Autopista pueden causar un quebradero de cabeza a todos aquellos 'despistados' que caigan en ellas.

Multas por la vestimenta

No se puede conducir de cualquier manera y la DGT contempla multas para todos aquellos que no cumplan con la normativa. Por ejemplo, el uso de chanclas está prohibido, al igual que llevar el coche descalzos.

Conducir en chanclas está prohibido en España y acarrea multas.

Los infractores deberán pagar 80 euros al no poder realizar una conducción segura por la distinta sensibilidad en los pies a la hora de usar los pedales. Misma sanción que por no llevar camiseta, en este caso por su peligro en caso de accidente con quemaduras con el cinturón de seguridad o con el airbag.

Infracciones que pueden provocar distracciones

Mientras se está al volante, no se puede comer, beber, usar el teléfono móvil ni maquillarse. Son acciones que provocan una pérdida de atención en la circulación, por lo que la DGT maneja unas multas de 200 euros y la pérdida de dos puntos del carnet de conducir.

Menores son las sanciones por conducir con un brazo sacado por la ventanilla, algo que implicaría el pago de 80 euros.

Otras sanciones

El carnet de conducir es obligatorio para la correcta identificación de los conductores. La multa es, eso sí, de 10 euros, una cantidad más simbólica que en el caso de otras sanciones. Ascendería hasta los 200 euros en el caso de que dicho carnet se encuentre caducado.

Se puede conducir fumando, pero sí hay multas por lanzar el cigarro por la ventanilla.

Fumar al volante, de momento, no está prohibido en España a pesar de que se baraja considerarlo una actividad ilegal. Lo que no se puede es lanzar el cigarro por la ventanilla, ya sea encendido o apagado, y la multa es dura: 200 euros y la pérdida hasta de cuatro puntos del carnet de conducir.

Tampoco se puede conducir con la matrícula sucia o parcialmente tapada, algo que impediría su correcta lectura en un radar. Habrá que tener cuidado con la limpieza porque las sanciones llegan hasta los 200 euros.

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