Desde hace unos meses, muchos conductores se han quejado de haber recibido multas por tener coches que no habían pasado la ITV aparcados en lugares públicos. Una práctica que no es muy lícita, pero que está ocurriendo en muchos lugares de España.
Cabe decir que desde la DGT reconocen que no existe una orden directa de multar a coches que estuvieran aparcados y que no habían pasado la ITV. Por tanto, estaríamos hablando de un hecho que no siempre ocurre ni tampoco en todos los municipios. Pero hay algunos en los que sí, por lo que más vale que andes con ojo si tienes un coche aparcado que no ha pasado la inspección técnica.
De hecho, la DGT podría apoyarse en el Reglamento General de Vehículos, donde se habla del asunto sin dejar nada claro. “Los vehículos matriculados o puestos en circulación deberán someterse a inspección técnica en una de las Estaciones de Inspección Técnica de Vehículos al efecto autorizadas por el órgano competente en materia de Industria en los casos y con la periodicidad, requisitos y excepciones que se establecen en la reglamentación que se recoge en el anexo I”, reza el artículo 10 del reglamento.
Además, según recogen algunos medios, la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV) apunta que todo vehículo que esté matriculado debe tener la ITV en vigor, esté aparcado o no.
No obstante, también debemos destacar el caso recogido por Diario Motor de un conductor que había recurrido una multa por este asunto y que había ganado el recurso. El juez de turno alegó que se puede sancionar a un coche por circular, pero “no por el incumplimiento de someter el vehículo a la ITV de forma periódica”.
Con todo y dada la ambigüedad, si quieres evitar problemas, lo mejor es que sometas a tu coche a la ITV, independientemente de si lo usas a menudo o lo tienes aparcado en la vía pública, o que lo estaciones en parking privado. Y también que recurras la sanción en caso de recibir una multa por este concepto.