En la era digital y de las redes sociales que vivimos actualmente, comienza a ser habitual la instalación de cámaras de vídeo en los vehículos, con el objetivo de grabar lo que sucede en las carreteras. Estos dispositivos, entre otras cosas, pueden proporcionar pruebas importantes en caso de un accidente de tráfico.
Sin embargo, aunque proporciona beneficios, también conlleva riesgos. Y es importante conocer la legislación que debemos cumplir si no queremos ser objeto de multa.
Hay países en los que es obligatorio llevarla. Y aunque no es el caso de España, en nuestro país es legal llevar una cámara en el coche. De acuerdo con la Dirección General de Tráfico (DGT), no existe ninguna restricción legal que impida llevar una cámara en el coche. Pero hay una serie de condiciones.
Además, debemos cumplir con la ley de protección de datos. Esta establece que está prohibido publicar fotos y vídeos de personas sin su consentimiento previo. Por tanto, las imágenes obtenidas con estas cámaras sólo podrán ser utilizadas para uso personal.
En caso de que las imágenes tomadas quieran compartirse públicamente, será obligatorio usar alguna técnica para evitar la identificación de las personas o vehículos involucrados.
Las grabaciones pueden ser reclamadas por un juez
Sin embargo, el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) considera que los vídeos se pueden usar para determinar quien tiene la culpa en un accidente o para reconstruir un siniestro. De hecho, si estás involucrado en un accidente de tráfico, las compañías de seguros de ambas partes pueden solicitar una copia del vídeo capturado por la cámara para evaluar las circunstancias del accidente.
No obstante, el RGPD establece que estos vídeos deben cumplir algunas condiciones:
Eso sí: al final siempre es el juez quien determina si las imágenes cumplen con la ley y se pueden usar como prueba, así como decidirá la gravedad del hecho y la cuantía de la multa en caso de incumplir el Reglamento General de Protección de Datos. Se conocen casos que han alcanzado los 1.000 euros de sanción.