Si tu permiso de conducir no ha sido expedido en España, para poder circular por las carreteras del país legalmente necesitas completar un trámite que podrás completar sin problemas en el caso de que exista un tratado de canje.
La DGT denomina canje a la homologación de un permiso de conducir expedido en otro país con uno de la DGT. En los casos de los países de la UE y del Espacio Económico Europeo existe un tratado y, si hablamos de otros, sólo existen acuerdos con los países detallados en el cuadro adjunto.
Si se trata de permisos de países de la UE o del Espacio Económico Europeo, no. En casos de otros países con los que media acuerdo, se exigen pruebas para los permisos C y D. En casos de vehículos Ay B, sólo hay que pagar una tasa de 28,87 euros.
Si hablamos de permisos del tipo C o D, que facultan para conducir camiones y autobuses, es necesario un examen que sólo se podrá realizar tras el pago de una tasa de 94,05 euros. No son canjeables en ningún caso los permisos de conducir obtenidos en el país de origen después de ser residente legal en España a no ser que el ciudadano sea natural de la República de Corea.