Seguro que muchos de vosotros lleváis el ambientador clásico colgado del retrovisor. Esos arbolitos o botellitas que, además de decorar, desprenden agradables aromas en el interior del habitáculo. Pues ojo al dato, porque llevar un ambientador colgado en el espejo retrovisor puede acarrear multas de 200 euros.
En realidad no es el ambientador en sí lo que genera la multa, sino cualquier elemento que reduzca la visibilidad en el parabrisas. Incluso llevar el cristal sucio. Eso es lo que se desprende del artículo 19.1 del Código de Circulación, que dice que “la superficie acristalada del vehículo tiene que permitir al conductor una visibilidad total y sin interferencias de láminas o adhesivos”.
Esta norma es un poco ambigua, dejando lugar a la interpretación de la autoridad competente. Si el agente de turno considera que algún objeto entorpece tu visión podrá multarte. Y como decíamos, también si llevas el parabrisas muy sucio en su totalidad o en alguna zona.
Así que ya sabes, si no queréis llevaros un disgusto en forma de multa con el guardia de tráfico, mejor cambiar de sitio tu ambientador o cualquier adorno que lleves e interceda entre tu visión y el parabrisas, y llevar este último siempre limpio.
Además, tampoco te servirá hacerte el loco diciendo que no lo sabías. Desconocer la norma no exime de cumplirla y tampoco de la sanción. Mejor no jugársela.