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Qué cubre y qué no cubre tu seguro de coche ante daños por lluvias y temporales

Coche atrapado en una inundación en Madrid. (Fuente: Cordon Press)
Editor y redactor deportivo.

El fuerte temporal sufrido durante el fin de semana ha dejado daños por todo el país, con pérdidas importantes tanto para familias como para empresas. Sin embargo, los grandes damnificados por las borrascas suelen ser los coches.

Desde daños provocados por lluvia o granizo a los propios automóviles, inundaciones o cortes en carreteras, son algunos de los siniestros más comunes durante estas duras tormentas.

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recomienda, en todos estos casos, reclamar. No obstante, dependiendo del tipo de daño sufrido por tu automóvil, el destinatario será uno u otro.

¿Los daños a tu coche por lluvia los cubre el seguro?

"Riesgo extraordinario". Así es como denominan los seguros a los daños sufridos durante fenómenos naturales y, por lo tanto, corresponden al Consorcio de Compensación de Seguros hacerse cargo de la indemnización.

Este organismo público, dependiente del Ministerio de Economía, se encarga de las indemnizaciones por una serie de fenómenos puntuales los cuales ocasionan daños extraordinarios que no están cubiertos por el seguro.

De hecho, el Consorcio solamente cubre los bienes que aparecen detallados en la póliza del afectado, bajo esas mismas condiciones, tales como terremotos, inundaciones, caídas de árboles, huracanes, vientos de más de 120 km/h o erupciones volcánicas, entre otros.

Si el daño provocado por la lluvia no se considera "extraordinario", sí puede estar cubierto por el seguro de hogar, comunidad o vehículo. En el caso de los turismos, los afectados con un seguro a todo riesgo podrán reclamar estos daños a su aseguradora.

  • Daños por inundación: No lo cubre el seguro del coche, se considera riesgo extraordinario y se responsabiliza El Consorcio de Compensación de Seguros.
  • Caída de árboles: Dependiendo de la póliza del seguro. El Consorcio de Compensación de Seguros lo cubre si la velocidad del viento era superior a los 120km/h.
  • Daños por granizo: No se considera riesgo extraordinario y lo cubre el seguro del vehículo.
  • Terremotos, maremotos y las erupciones volcánicas: No lo cubre el seguro, se responsabiliza el Consorcio de Compensación de Seguros.

¿Qué debo hacer para reclamar los daños?

La OCU recomienda recopilar todas las pruebas, como por ejemplo fotografías, noticias o informes de organismos como la AEMET, Policía, Bomberos, etc., con el fin de demostrar que los daños causados a tu vehículo son consecuencia del temporal.

El siguiente paso será comunicarse directamente con el Consorcio de Compensación de Seguros con la mayor brevedad posible. Esto puede realizarse a través de una consulta online o llamando al 900 222 665.

No obstante, como hemos informado anteriormente, la OCU recomienda notificar los daños sufridos por el fuerte temporal tanto al Consorcio de Compensación de Seguros como a la propia aseguradora contratada.

Coche dañado por el temporal en Madrid. (Fuente: Cordon Press)

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