Uno de los momentos más frustrantes para un conductor es llegar al vehículo y ver una multa. Normalmente, estas situaciones están provocadas por estacionar en zonas prohibidas por la DGT. Ya sea sin querer o a propósito, hay determinadas zonas donde no puedes aparcar. Es por ello que adquiere una importancia superlativa el conocer a la perfección dónde puedes y dónde no dejar tu coche. Más allá de las típicas líneas amarillas o zonas de carga y descarga, existen otros puntos dónde pueden multarte sin ningún tipo de problema.
Las más comunes son las ya comentadas zonas de carga y descarga, vados o similares. Por otro lado, es importante saber que en carriles cuyo uso exclusivo es para el transporte público o las bicicletas, tampoco se puede. En este mismo tipo, se le debe añadir la zonas destinadas al estacionamiento y las paradas del transporte público.
Otro tipo de zonas donde te pueden multar si estaciones el vehículo, tiene que ver con zonas de visibilidad reducida. Véase curvas, cambios de rasante, túneles o intersecciones donde la presencia de un vehículo sea un impedimento visual.
Por último, está prohibido estacionar en las autovías o las autopista, salvo en las zonas que están habilitadas para ello. También lo está en los raíles de tranvías o trenes, pasos a nivel para ciclistas y para los peatones.
Igual que la acera es para el peatón, el carril bici es para el ciclista. No lo uses para correr, pasear, parar o estacionar.
Recuerda que a partir del 21 de marzo, cuando entre en vigor la nueva #LeySeguridadVial, parar o estacionar en un carril bici se sancionará con 200€. pic.twitter.com/CPXk0XWg33
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) February 12, 2022
En general, al cometer este tipo de infracciones, al llegar de nuevo al coche veas una multa. Otra opción es que, de estar estacionado en una zona peligrosa, la grúa haya hecho acto de presencia y tengas que llamar para localizarlo.
Aún así, el hecho de aparcar mal tiene una penalización económica que oscila entre los 80 y los 200 euros, tal y como indica la DGT. En todos los casos, existe la posibilidad de deducción del 50% si se paga voluntariamente y en un periodo de tiempo.