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Apelación deja sin efecto la suspensión de la licencia de Íñigo López

El Comité de Apelación de la Federación Española de Fútbol ha estimado los recursos que presentó el jugador Íñigo López, que la temporada pasada militó en el RC Deportivo, y ha dejado sin efecto la medida provisional de suspensión de su licencia que le impidió estar disponible en la recta final de la temporada pasada.

López, que fue detenido y puesto en libertad en el marco de la operación Oikos por su presunta participación en una trama de amaños de partidos, se quedó provisionalmente sin licencia por unas declaraciones a un medio de comunicación en las que admitía un pacto en el partido de la temporada 2017/18 entre el Huesca, en el que jugaba, y el Nàstic de Tarragona.

El Comité de Competición, el pasado 12 de junio, acordó incoarle un procedimiento disciplinario extraordinario por la realización de "conductas que eventualmente podrían ser constitutivas de una o más infracciones de las normas deportivas generales".

El instructor del procedimiento propuso entonces la suspensión cautelar inmediata "toda vez" que el jugador reconocía "públicamente la comisión de infracciones disciplinarias de especial gravedad" en relación con artículo 82 del Código Disciplinario de la Federación sobre incentivos extradeportivos.

Apelación considera que en la entrevista con el diario El Mundo "no se reconoce ni manifiesta la realización de comportamiento alguno que pueda ser encuadrado en la infracción del artículo 82 y entiende que "es del todo desacertado e incomprensible sustentar medida alguna en base a ese artículo".

Añade que "no se habla de fechas concretas, tampoco de cantidades y mucho menos sobre partidos concretos y quien específica y supuestamente realizó la promesa o entrega de cantidades en efectivo por parte de un tercer club que la RFEF parece defender que tuvo lugar".

En este sentido, Apelación entiende que "no aportar estos detalles para que además del futbolista expedientado, el supuesto tercer club y otros implicados puedan asimismo ejercer su derecho de audiencia y defensa supone que la Federación se ha extralimitado en sus competencias".

También arguye que se le ha limitado al jugador la posibilidad de ejercer su labor profesional "únicamente en base a conjeturas".

En consecuencia, Apelación no vio "clara la procedencia y proporcionalidad de la medida provisional de suspensión de licencia" y decidió estimar los recursos presentados para dejar sin efecto esa medida que se había adoptado.

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