Once días después del beso que se ha llevado por delante, de momento, al presidente de la RFEF, la única institución que le ha sancionado es la FIFA. El máximo organismo del fútbol mundial ha suspendido de manera cautelar a Rubiales para 90 días, pero, ¿qué pasará después? ¿Cuáles son los próximos pasos?
Hablamos con Toni Roca, abogado experto en derecho deportivo, para conocer cuál es el viaje legal que tiene el hasta ahora máximo responsable del fútbol español para defenderse. Como decíamos al principio, de momento sólo hay una suspensión cautelar de 90 días. Según Toni Roca, "lo normal es que la FIFA resuelva antes de ese tiempo una sanción en firme que podría ser de varios años". No obstante, si pasaran los 90 días sin que llegara esa sanción (algo poco probable), Rubiales quedaría libre para volver a su puesto.
En cualquier caso, esa posibilidad es remota. Lo normal es que la FIFA resuelva el proceso –de oficio y sin mediar denuncia- para acabar en sanción. Una sanción ante la que Rubiales podría defenderse ¿Cómo? El suspendido presidente de la RFEF podría recurrir a través de la Comisión de apelación la FIFA y, si esta no le diera la razón, acudir al Tribunal de Arbitraje de Deportivo (TAS), con sede en Lausana, Suiza. Durante todo ese tiempo (meses), lo normal es que la sanción permaneciera en vigor hasta resolverse esos hipotéticos recursos.
Por otro lado, y de manera más lenta, el TAD lleva días recopilando información para formular una inhabilitación contra Rubiales. Este proceso, criticado por muchas voces por lo lento que está siendo, nos recuerda el abogado experto que necesita estar perfectamente argumentado para que no haya defecto de forma. Esto es, el TAD tiene que encajar los actos de Rubiales dentro de lo previsto por la Ley del Deporte como sancionable. De hecho, en opinión de Roca, el TAD está yendo más rápido de lo habitual. “Se reunieron el lunes a petición del Gobierno cuando normalmente se reúnen los jueves”.
Además, se da una circunstancia que añade complejidad al trabajo del TAD y es que tiene que encajar la sanción en la normativa de la antigua Ley del Deporte, de 1991. La nueva Ley del Deporte está aún sin desarrollar (tenía que haberse hecho en los primeros seis meses del año pero el Gobierno no ha llegado a tiempo). Los dos supuestos que podrían suponer sanción, abuso de poder y falta de decoro, no están igual descritos en una y otra normativa. Si en ambos casos el abuso de poder está considerado una falta muy grave, en el caso del decoro no es así. Según Roca, este podría ser uno de los motivos por los que el TAD está maniobrando con prudencia.
Eso sí, una vez se produjera la inhabilitación, Rubiales seguiría teniendo una posible defensa ya por la vía contencioso-administrativa. Además, en los recursos, Rubiales podría pedir que las sanciones fueran suspendidas de manera cautelar, algo poco probable de conseguir. También recuerda el abogado que, en caso de que Rubiales ganara los recursos y hubiera estado inhabilitado todo el tiempo del proceso, podría reclamar que se le pagaran los sueldos atrasados.
En todo caso, recuerda Roca, el camino más rápido y que llama la atención que no se haya tomado aún es el de la moción de censura en la Asamblea de la RFEF. El mismo órgano que le dio el mandato se lo quita, y ante eso no hay nada más que hacer. Es llamativo que la RFEF haya pedido a Rubiales que dimita y, sin embargo, no haya aplicado una herramienta como la moción de censura teniéndola en su mano.
Y con todo este viaje de defensa legal de Rubiales, llega la pregunta del millón, ¿podría volver Rubiales? La respuesta del abogado es clara. Nunca se puede decir rotundamente que no a nada, pero "las probabilidades son muy escasas”.