Esta es la nota pública:
Desde el colectivo Athletic Eup! queremos informar a los socios del Athletic Club de la respuesta remitida por la Junta Electoral del Club a la propuesta enviada por este colectivo en la que se planteaba la puesta en práctica del sistema de control de avales por parte de los socios del Athletic Club establecido en el en el apartado 6º del artículo 39 de la reciente Propuesta de Reforma de Estatutos del Club que no resultó aprobada.
En esta respuesta la Junta Electoral expone sus argumentos para no llevar a cabo el referido sistema ni otro con una finalidad similar, limitándose a señalar que carece de competencias “más allá de la determinación concreta de las duplicidades de avales”.
Por parte de este colectivo consideramos que la propuesta sigue siendo válida y que dichos argumentos no avalan su rechazo ya que la Junta Electoral, en contraposición con lo expuesto en su contestación, entendemos que sí ostenta facultades para establecer un sistema de verificación de la realidad de los avales de acuerdo con lo establecido en el artículo 72 de los actuales Estatutos del Club y en la propia finalidad que tiene la Junta Electoral “de “salvaguardar el buen orden electoral”, tal y como así se expone textualmente en la propia respuesta de la Junta electoral, y qué mejor manera de salvaguardar ese buen orden que comprobar la realidad de los avales.
Por ello desde este colectivo se ha enviado a la Junta Electoral una comunicación en la que, dando respuesta a los argumentos expuestos por la Junta Electoral, nos reafirmamos en que la adopción de dicho sistema de verificación de avales redundaría en beneficio del proceso electoral a la Presidencia del Athletic Club y solicitamos que reconsidere su postura.