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Competición desoye al Málaga y Rosales no podrá jugar

ElDesmarque

Roberto Rosales no podrá jugar finalmente este martes en el derbi regional ante el Betis en La Rosaleda (21:30 horas). El lateral derecho venezolano fue expulsado el pasado sábado Éibar por doble amarilla, pero el Málaga había alegado al acta de Estrada Fernández por la segunda de estas cartulinas. Competición, que se reunía esta tarde ya ha hecho público su fallo a menos de tres horas del encuentro y mantiene la sanción de un partido a Rosales, que por primera vez esta campaña no estará en el once inicial del conjunto blanquiazul y que volverá al equipo el domingo en San Mamés.

Por otra parte, el Comité también ha resuelto sobre Sergio Pellicer, expulsado también el sábado. En su caso, la sanción impuesta es de dos partidos según el artículo 120, alusivo a las protestas al árbitro y cuyo castigo oscila entre los dos y los tres encuentros. Pellicer no podrá sentarse en el banquillo ni esta noche ni el domingo en el Nuevo San Mamés.
Resolución completa del Comité de Competición en relación a las alegaciones por Rosales:
"Primero.- El artículo 236.1 del Reglamento General de la RFEF establece que el árbitro es la autoridad deportiva “única e inapelable” en el orden técnico para dirigir los partidos, por lo que no es posible revocar una decisión arbitral invocando una discrepancia en la interpretación de las Reglas del juego, cuya competencia “única, exclusiva y definitiva” corresponde al colegiado, según el tenor literal del artículo 111.3 del Código Disciplinario de la RFEF.
Las apreciaciones arbitrales referentes a la disciplina deportiva basadas en hechos relacionados con el juego son definitivas y se presumen ciertas, obligando a quien las impugna a hacer quebrar su interina certeza con una prueba concluyente y rotunda, que ponga de manifiesto un claro error arbitral, ya sea por la inexistencia del hecho reflejado en el acta o la patente arbitrariedad de la misma, a tenor de lo dispuesto en los artículos 27.3 y 130.2 del Código Disciplinario de la RFEF.
Segundo.- En esta ocasión el rigor probatorio exigido para hacer quebrar la presunción de veracidad de los hechos establecidos en el acta no es suficiente a los efectos pretendidos, por cuanto del examen de las imágenes se aprecia que el jugador Don Roberto José Rosales Altuve derriba antirreglamentariamente a un adversario, acción constitutiva de una infracción del artículo 111.1.a) del Código Disciplinario de la RFEF, merecedora de la segunda amonestación del citado jugador que ha sido objeto de impugnación. Por lo anteriormente expuesto, el Comité de Competición,
ACUERDA: Suspender por UN PARTIDO al jugador del Málaga CF, SAD, D. ROBERTO JOSÉ ROSALES ALTUVE, por doble amonestación arbitral y consiguiente expulsión, ambas por juego peligroso, con multa accesoria en cuantía de 350 € al club y de 600 € al futbolista, en aplicación de los artículos 111.1.a), 113.1 y 53.3 y 4 del Código Disciplinario de la RFEF. Contra la presente resolución cabe interponer recurso ante el Comité de Apelación en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al que se reciba la notificación".

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