De esta manera, la Fiscalía se ha unido a la petición del abogado de Ruiz de Lopera, quien alegó que el concurso voluntario de acreedores en el que se encuentra el club otorga "amplias posibilidades de control a la administración concursal", por lo que "se hace materialmente inviable cualquier supuesto de ejercicio delictivo del poder ni de administración desleal".
La Fiscalía, por ello, dice a la juez de instrucción 6 que las medidas cautelares y las razones que sirvieron para su establecimiento "deben ser revisadas transcurrido cierto tiempo" y se debe comprobar que no exista "otra medida cautelar menos gravosa".
Además, se trata de evitar que con la medida cautelar "no se lleve a cabo un cumplimiento anticipado de la pena o de la responsabilidad civil", más aún teniendo en cuenta que evitar la presunta "continuidad delictiva" está "suficientemente garantizada con las medidas adoptadas de embargo de las acciones, prohibición de realizar actos de disposición sobre las mismas y con el control inherente de la intervención judicial".
Por ello, concluye la Fiscalía que la administración judicial "no cumple los requisitos de necesidad, idoneidad y proporcionalidad".