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EL CGPJ rechaza la queja de Lopera contra Alaya por la designación de Estepa

ElDesmarque - EP

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), reunido este miércoles, ha decidido archivar la queja que Manuel Ruiz de Lopera presentó contra la jueza Mercedes Alaya, instructora del Caso Betis, por haber nombrado administrador judicial del club a Francisco Estepa, según ha anunciado la Cadena Ser a primera hora de esta mañana.

Al haber sido rechazado el recurso, el asunto queda definitivamente archivado en el órgano de gobierno de los jueces aunque el exdirectivo podría solicitar una nueva revisión en el Tribunal Supremo, mediante la presentación de un recurso contencioso-administrativo.
Esta queja constituía una ampliación de un primer escrito dirigido por Ruiz de Lopera al CGPJ en el que éste mostraba su disconformidad con la designación de los referidos administradores judiciales, lo que motivó que, inicialmente, el CGPJ pidiera a la juez un informe para que explicara el nombramiento. El promotor de la Acción Disciplinaria del CGPJ decidó archivar la queja al entender que la magistrada habría sido «imparcial».
El exdirectivo del Betis se quejaba en su escrito de relación del administrador judicial Francisco Estepa con su marido, Jorge Castro, que la juez de Sevilla calificó de «bulos periodísticos». Afirmaba que existían informaciones que acreditaban «la existencia de una relación profesional de abogado-cliente entre el administrador judicial» y el esposo de Alaya.
Según destacaba el empresario sevillano, a ello se añadía que también el propio Estepa había emitido un comunicado público en el que reconoce haber sido abogado defensor del marido de la titular del Juzgado, «dejando en evidencia las afirmaciones realizadas en la resolución judicial, que resultan por tanto ser falsas».
Por ello, el expresidente bético mantenía en la queja remitida que esas «incidencias» pueden «dejar al descubierto un anormal funcionamiento» del juzgado, «que oculta a las partes el modo de selección y designación de los administradores judiciales e incluso introduce hechos inveraces en sus resoluciones».

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