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Declarado de Alto Riego el Valencia CF-Celta: causas y consecuencias

El periodista no es noticia

La Comisión Permanente de la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte ha ha declarado de alto riesgo el encuentro que el Valencia CF y el Celta disputarán este sábado en Mestalla. A priori, el aficionado de a pie no notará nada especial más allá de algo más de presencia policial en los aledaños de Mestalla, pero poco más.

¿Qué significa que sea declarado de Alto Riesgo?

La Ley 19/2007 contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte otorga a la Comisión Antiviolencia la capacidad de declarar de alto riesgo determinados encuentros, declaración que implica la obligación para los clubes de reforzar las medidas de seguridad y que conlleva un aumento del dispositivo de las fuerzas de seguridad.

La posible presencia de aficionados catalogados inicialmente como peligrosos, los precedentes de confrontaciones entre las aficiones de los equipos contendientes y la rivalidad deportiva entre los clubes son parte de los criterios que condicionan que un partido se declare de alto riesgo, indican fuentes de la Comisión Antiviolencia.

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Más policía

La catalogación de alto riesgo, además de fortalecer el cuerpo policial, obliga a reforzar también por parte de los clubes, según la ley, aspectos como el sistema de venta de entradas, la separación de las aficiones rivales en zonas distintas del recinto y el control de acceso para el estricto cumplimiento de las prohibiciones existentes

El artículo 12 de la ley habilita a la autoridad gubernativa a imponer a los organizadores medidas especiales como disponer de un número mínimo de efectivos de seguridad e instalar cámaras en los aledaños, en los tornos y puertas de acceso y en la totalidad del aforo para grabar el comportamiento de los espectadores.

Igualmente permite realizar "registros personales, aleatorios o sistemáticos en todos los accesos al recinto" o en los de entrada a gradas o zonas del aforo en las que sea previsible la comisión de conductas violentas o que inciten a la violencia, así como racistas, xenófobas o intolerantes en el deporte.

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La instalación de circuitos cerrados de televisión para grabar el aforo completo del recinto desde el principio del espectáculo hasta el desalojo del público es otra de las indicaciones de la ley, que obliga a advertir a los espectadores de la adopción de estas medidas, con su impresión en el reverso de las entradas, así como en carteles en el acceso y el interior de los recintos.

La Ley recuerda también que "queda prohibido cualquier tipo de apoyo, cobertura, dotación de infraestructura o de cualquier tipo de recursos a grupo o colectivo de seguidores de un club, con independencia de tener o no personalidad jurídica, de estar formalizado o no como peña o asociación, si no figura, el citado grupo, sus actividades y sus responsables en el Libro de Registro y si en alguna ocasión ha cometido infracciones tipificadas en esta Ley", añade la norma.

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