Un paso adelante para las piscinas, sobre todo de cara a la fase 2, donde las normas para ellas y las playas se flexibilizan. El Ministerio de Sanidad publicó un extenso documento en el que detalla el protocolo y los pasos a seguir para que se puedan establecer las medidas básicas de seguridad para velar por la salud de los ciudadanos en la reapertura de las piscinas tras el coronavirus (COVID-19).
Para elaborarlo "se han tenido en cuenta las recomendaciones de los expertos, de las autoridades competentes de las Comunidades y Ciudades Autónomas así como las recomendaciones del sector de la piscina".
Los Administradores de Fincas han advertido de que la mayoría de las comunidades de propietarios no podrán cumplir las condiciones que se fijan en la orden que establece la apertura y el uso de las piscinas en la fase 2 del plan de desescalada porque no disponen de los recursos o herramientas para llevarlos a cabo.
Según el Consejo General de Colegios de Administraciones de Fincas, en muchas de las comunidades no hay personal responsable a cargo de la instalación que pueda controlar o limitar el acceso de los propietarios, que según la orden el aforo máximo es del 30 %, y, en los casos que disponen de socorrista, su competencia se limita al control del vaso de la piscina.
Además, destaca que para acudir a la piscina "se debe obtener cita previa y organizar horarios por turnos, fuera de los cuales no se podrá permanecer en la instalación".
"No es posible gestionar citas previas sin personal o, al menos un teléfono y la inmensa mayoría de las comunidades de propietarios carecen de ambos recursos", explican los administradores, que recuerdan "la enorme controversia" que supondría tratar de alcanzar un acuerdo para el establecimiento de turnos, cuando todavía no están autorizadas las reuniones de las comunidades de propietarios.
Respecto a la distribución de espacios en la zona de estancia de los usuarios de al menos dos metros entre cada uno, explican que si se marcan áreas de uso reservado para cada persona y se reserva zona para el acceso y de paso, el espacio disponible se reduce de tal forma que el aforo real puede ser muy inferior al obligatorio, lo que disparará los costes del servicio en proporción al número de usuarios.
Será el socorrista o el personal que designe el gestor de la instalación, el responsable de supervisar el número de bañistas en cada uno de los vasos y restringir los accesos a los mismos y de acuerdo con la legislación vigente en cada comunidad autónoma.
Se pondrá a disposición de los usuarios:
1º. Sistemas para la desinfección de manos a la entrada de la instalación. Se recomienda incorporar un sistema de limpieza y desinfección de calzado a la entrada de la instalación y uso de calzado exclusivo dentro de la misma.
2º. Una bolsa de plástico para material desechable que deberá depositar convenientemente cerrada en un cubo de basura (con tapa y pedal) a la salida de la instalación.
3º. Se favorecerá el pago con tarjeta de crédito o a través de aplicaciones móviles. Tras la utilización por el usuario extremar las medidas de limpieza y desinfección del datáfono como la incorporación de guantes o bolsas que serán desinfectadas adecuadamente después de cada uso.
4º. Mensajes de prevención mediante carteles y/o megafonía. Los carteles recordarán a los usuarios de las piscinas que mantengan buenas prácticas de higiene pública, como ducharse antes de entrar a la piscina. Indicar también que ante cualquier síntoma deben abandonar la piscina. También se indicará que es recomendable lavar los trajes y las toallas de baño, para eliminar todas las bacterias o virus. 12 Todo el personal reforzará su higiene de manos mediante el lavado frecuente con agua y jabón y el uso de geles hidroalcohólicos.
Se debe establecer una distribución espacial para garantizar la distancia de seguridad de al menos 2 metros entre los usuarios mediante señales en el suelo limitando los espacios. Todos los objetos personales como toalla, botes de crema, calzado de uso exclusivo para las piscinas, mochilas, etc. deben permanecer dentro del perímetro de seguridad establecido, evitando contacto con el resto de usuarios. Se deberá realizar:
Los establecimientos de hostelería que se encuentren ubicados en la piscina, deberán seguir los protocolos correspondientes establecidos para este sector. En las instalaciones deportivas y parque de juego, se garantizará la limpieza y desinfección previa a la apertura de la piscina; no pudiendo hacer uso de estas instalaciones hasta la oportuna fase de desescalada.
Se considerará y adecuará una vuelta progresiva de los cursos y escuelas, actividades acuáticas, clases colectivas y servicios en función de las distintas fases de desescalada, respetando siempre el distanciamiento social definido en cada caso y establecidas para cada región, de acuerdo con las autoridades competentes.
Se dispondrá de un protocolo de limpieza y desinfección que responda a las características de la instalación y a la intensidad de uso; el titular tendrá a disposición de la autoridad sanitaria dicho protocolo, si se lo requiere. Se tendrán en cuenta las siguientes operaciones: