Muchos aspectos se recuperan en la fase 2 de la desescalada por la pandemia del coronavirus en cuando a las ceremonias religiosas. Se amplían el número de personas que pueden asistir a misa, así como a velatorios y entierros. Además, las bodas, comuniones y bautizos ya podrán celebrarse, siguiendo también las normas para la hostelería. El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica las siguientes condiciones para que puedan llevarse a cabo.
Ya era posible en la fase 1, pero ahora va a más pues se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere el 50% de su aforo. El aforo máximo deberá publicarse en lugar visible del espacio destinado al culto. Se deberán cumplir las medidas generales de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias.
1. Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo, en cada momento, de 25 personas en espacios al aire libre o 15 personas en espacios cerrados, sean o no convivientes.
2. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 25 personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.
3. En todo caso, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19, relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de dos metros, higiene de manos y etiqueta respiratoria.
1. Las ceremonias nupciales podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, ya sea en espacios al aire libre o espacios cerrados, siempre que no se supere el 50% de su aforo, y en todo caso un máximo de 100 personas en espacios al aire libre o de 50 personas en espacios cerrados. Durante la celebración de las ceremonias se deberán cumplir las medidas de higiene y prevención establecidas por las autoridades sanitarias relativas al mantenimiento de la distancia social, higiene de manos y etiqueta respiratoria.
2. Las celebraciones que pudieran tener lugar tras la ceremonia y que impliquen algún tipo de servicio de hostelería y restauración, se ajustarán a lo previsto en el capítulo IV (leer un poco más abajo).
3. Lo previsto en este artículo será de aplicación a otras celebraciones religiosas de carácter social.
Reapertura de locales de hostelería y restauración para consumo en el local.