El Parlamento de Andalucía ha aprobado la nueva Ley del Deporte, que sustituirá a la que hasta ahora estaba vigente, del año 1998. La nueva ley incorporará medidas para la protección y difusión del deporte de ocio y de competición no federado, además de reforzar la lucha contra el depaje y de regular el ejercicio profesional en el sector.
Francisco Javier Fernández, consejero de Turismo y Deporte de la Junta, destacó la nueva realidad que se plantea ahora en la comunidad autónoma, adaptándose a la nueva realidad que supone el auge de la práctica deportiva habitual. Además, consideró el deporte como un derecho de la ciudadanía que debe garantizarse en condiciones de igualdad, seguridad, salud y calidad.
La Ley introduce una nueva clasificación que da cobertura jurídica tanto a la competición federada como a las actividades de ocio y a las competitivas no oficiales, como las carreras populares, para las que establece un control previo y su comunicación a la Junta o a la entidad local competente. En esta misma línea, y como medida pionera en España, define también el Catálogo de Derechos y Deberes de los Deportistas.
Además, se creará una tarjeta sanitaria específica para el deportista federado, que recogerá toda su información médica, especialmente reconocimientos, pruebas de esfuerzos y controles de dopaje. En este último aspecto, la norma cubre una laguna de la legislación vigente y dispone así medidas de prevención y lucha contra el uso de sustancias y métodos que adulteran la práctica y ponen en riesgo la salud.
La nueva Ley establece la creación de la Comisión Andaluza Antidopaje y la publicación de un listado de sustancias, grupos farmacológicos y métodos prohibidos, además de que fija la obligatoriedad del control a los deportistas con licencia.
Además, se establece una medida de regulación de la cualificación profesional en el sector, con el objetivo de proteger la salud y seguridad de los usuarios de los servicios deportivos, así como aumentar la calidad en la prestación de los mismos. El nuevo marco legal fija los títulos oficiales, las cualificaciones y el ámbito funcional de cuatro profesiones: profesor de Educación Física, director deportivo, entrenador y monitor.
También destaca en la nueva ley el reconocimiento de la función económica y de generación y mantenimiento de empleo que cumple el deporte. Por ello, garantiza su práctica en el medio natural de forma sostenible y racional, reconociendo su faceta de elemento generador de la actividad turística en Andalucía.
También conviene destacar las nuevas medidas de I+D+i, para lo que se aprovecharán al máximo la labor del Instituto Andaluz del Deporte, especialmente en medicina, aplicaciones tecnológicas y mejora de gestión. En la misma línea, se prevé la creación de una oficina virtual encargada de unificar y simplificar trámites, así como promover el uso de los medios electrónicos y telemáticos en todo el sistema deportivo regional.
En cuanto a las instalaciones deportivas públicas, sus proyectos de construcción, ampliación y gestión deberán contar, también por primera vez, con controles para su adecuación a criterios de sostenibilidad. Esta medida se reforzará con la formulación de vías de colaboración obligatorias entre las distintas administraciones para garantizar la viabilidad y el mantenimiento de la red de equipamientos de Andalucía.
La nueva Ley también establece la creación del Tribunal Administrativo del Deporte de Andalucía y supondrá también un avance en el proceso de modernización y transparencia de las federaciones deportivas, a través de medidas como la aprobación del Código de Buen Gobierno o la creación del Consejo Andaluz de Federaciones Deportivas, que será el órgano de participación de estas entidades en las políticas autonómicas sobre la materia.
En materia de igualdad, la Ley del Deporte recoge medidas para fomentar la práctica deportiva de personas con discapacidad y favorecer su integración en las federaciones, así como programas de impulso del deporte femenino y del acceso de las mujeres a niveles de responsabilidad y decisión. En este último sentido, obliga a que su presencia en las juntas directivas de las federaciones sea, al menos, proporcional a su número de licencias.