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El TAS carece de jurisdicción en el recurso de regatistas Barreiros-Curbelo

El Tribunal de Arbitraje del Deporte del Comité Olímpico Internacional (TAS) ha fallado que carece de jurisdicción en el contencioso que ha enfrentado a los regatistas canarios Onán Barreiros y Juan Curbelo (clase 470) con la Real Federación Española de Vela (RFEV).A finales del mes de mayo, el TAS admitió a trámite la reclamación de la tripulación del Real Club Náutico de Gran Canaria contra la decisión de la RFEV que los excluía del equipo olímpico que representará a España en los Juegos de Río 2016.
Barreiros y Curbelo defendían así su derecho a participar en la cita olímpica brasileña porque, en su opinión, formaban la única tripulación de la clase 470 que cumplía los requisitos mínimos exigidos por la guía de selección olímpica de la propia Federación Española.
Los regatistas isleños optaron por acudir al TAS ante la negativa de la RFEV a tramitar su reclamación porque era la "única instancia" que podía resolverla a tiempo, al contrario que la justicia ordinaria.
Sin embargo, el Tribunal de Arbitraje les acaba de comunicar que carece de jurisdicción para resolver su reclamación, por lo que el sueño de Barreiros y Curbelo de representar a España en Río de Janeiro se ha disipado, según informa hoy el periódico La Provincia.
Tras reconocer que está "jodido" por esta resolución, Onán Barreiros lamenta que el TAS no haya entrado a valorar este asunto y agrega que tanto él como Curbelo se quedan sin saber si tienen razón o no en su reivindicación.

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