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Olabe podría enfrentarse a una importante sanción tras su expulsión en Salamanca
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Olabe podría enfrentarse a una importante sanción tras su expulsión en Salamanca

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Roberto Olabe, jugador del Deportivo (Foto: RCD)
Roberto Olabe, jugador del Deportivo (Foto: RCD)

Roberto Olabe podría enfrentarse a una sanción superior a un partido después de que el árbitro del encuentro reflejase en el acta los hechos post expulsión y que acabaron con una puerta rota y la intervención de la policía para identificarle. Un hecho por el que el centrocampista del Deportivo ya ha pedido disculpas públicas y reconocido un error que podría pasarle una factura de prácticamente un mes entero sin competir.

El Deportivo podría perder a uno de sus imprescindibles durante bastante tiempo. Las disculpas del jugador nacido en tierras salmantinas y de origen donostiarra (su padre militaba en la antigua UD Salamanca) le honran, pero podrían ser insuficientes a ojos de la Real Federación Española de Fútbol, que podría buscar una sanción ejemplar o, atendiendo a la normativa, castigarle por lo menos con varios encuentros.

¿Qué dice el código disciplinario?

Según el código disciplinario de la competición, Olabe podría ser sancionado por los daños a la puerta tras la derrota del Deportivo en el Reina Sofía. Hay que irse al artículo 145 del código disciplinario para encontrar las posibles sanciones que le caerían al mediocentro. Ahí se hace referencia a "Faltas cometidas por jugadores/as, entrenadores/as, técnicos/as, delegados/as, auxiliares y dirigentes, y sus sanciones" en el que entraría él. Cabe destacar que, al quedar reflejado en el acta, la historia se vuelve más complicada para el mediocentro blanquiazul.

Artículo 145. 2. Son faltas leves, que serán sancionadas desde amonestación a suspensión por tres encuentros

  • M) Causar daños de carácter leve en las instalaciones deportivas, en bienes de los/as participantes, árbitros/as, público, o miembro de la organización federativa, sin perjuicio de la obligación de indemnizar su importe.

Artículo 145. 3. Serán faltas graves, que serán castigadas con suspensión desde cuatro a doce encuentros

  • F) Causar daños de carácter grave en las instalaciones deportivas, en bienes
    de los/as participantes, árbitros/as o público, sin perjuicio de la obligación
    de indemnizar su importe.

A priori, a Olabe podrían aplicarle el 145.2.M, es decir, considerar una falta leve sus hechos, aunque esto dependerá de la interpretación que se haga del acta, en el que se refleja la intervención de la policía nacional para identificar a Olabe. Sumada a la sanción de un partido por la expulsión, el Deportivo podría perderle por tres encuentros o más. Las disculpas públicas podrían ser útiles para que no se considere una falta grave.

Cómo el acta del partido refleja el hecho de Olabe que podría agravar su sanción

Aunque todo quedó en un daño material, el árbitro del partido, Fernando Bueno Prieto, lo indicó en el acta del partido. Así lo reflejó:

Al finalizar el partido el Delegado de Campo, D. Juan Carlos Pérez Fernández, me comunica que tras la expulsión del jugador número 8 del equipo visitante, D. Roberto Olabe del Arco, ya en el túnel de vestuarios propinó una patada a una de las puertas del pasillo rompiéndola y siendo identificado por la Policía Nacional.

Lance de Roberto Olabe en el Deportivo-San Fernando (Foto: RCD)
Lance de Roberto Olabe en el Deportivo-San Fernando (Foto: RCD)

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