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Qué coches no podrán circular por Madrid desde el 1 de julio
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Qué coches no podrán circular por Madrid desde el 1 de julio

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Qué coches no podrán circular por Madrid desde el 1 de julio
Qué coches no podrán circular por Madrid desde el 1 de julio

Se avecinan cambios importantes en las carreteras madrileñas desde el próximo 1 de julio. Pese a que es una noticia que se conoce desde que entró el año, ahora es cuando todo el mundo debe cumplir con las especificaciones que aporta el Ayuntamiento de Madrid. Todo comenzó el pasado 1 de enero, cuando entró en vigor la 'Madrid Zona de Bajas Emisiones'. "Desde ese momento, los coches más contaminantes que no estén empadronados en Madrid antes del 1 de enero de 2022 o que no abonen el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica tendrán el acceso y la circulación restringidos en toda la capital", dictaba una nota de prensa distribuida por el Ayuntamiento de Madrid.

"Esta medida afecta sólo a los vehículos turismo con clasificación ambiental A -diésel matriculados antes del año 2006 o gasolina previos al año 2000- de las categorías por criterio de utilización 00 (sin especificar), 02 (familiar) y 33 (todoterreno). No afecta a vehículos de mercancías o motocicletas sin etiqueta", apuntaba la misma nota de prensa. Desde ese momento, ese 1 de enero, se estableció un periodo de aviso donde los usuarios no iban a recibir ningún tipo de multa. Ahora, ese periodo, ha terminado.

Los coches que más problemas tendrán

En un principio, ese periodo de aviso solo iba a durar quince días. Desde el Ayuntamiento, informaron en su momento que a partir del 15 de enero del 2024, cualquier vehículo que no cumpliera los requisitos explicados iba a ser multado. Sin embargo, fueron tantos los avisos que recibieron (cerca de 350.000), que decidieron ampliar el periodo de aviso hasta este próximo 1 de julio.

Pero una de las cosas más importantes y que cabe recordar tiene que ver con qué vehículos van a poder circular desde este 1 de julio por la M-30. Los principales perjudicados tiene que ver con esos coches que tienen la etiqueta A; es decir, los diesel matriculados antes del 2006 o los gasolina que son previos al 2000. También están en una complicada situación esos que no estén empadronados en Madrid o si no están dados de alta en el IVTM. Todos ellos solo podrán atravesar el término municipal de la capital utilizando las vías M-40, M-45 y M-50.

La multa por circular por la M-30 desde el 1 de julio

La DGT se va a tomar muy en serio esta nueva reglamentación. Tanto es así que se han ido implementando unas 500 cámaras de tráfico que empezaran a multar a a partir del 1 de julio a las 00:00 horas. La sanción será considerada como una infracción grave y económicamente supondrá una multa de 200 euros, 100 si el pago se realiza en un periodo de tiempo determinado.

Estos cambios tienen varias excepciones, y es que la nueva norma no afecta a los coches de mercancías o motocicletas sin el distintivo ambiental. En estos casos, podrán circular por la Comunidad de Madrid hasta el próximo 31 de diciembre de 2024.

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