La DGT actualiza la edad mínima para ir de pasajero en moto

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La DGT instala unos cambios importantes y llamativos
Hasta ahora, la edad mínima para poder ir de pasajero en la moto era de 12 años, como recogía la normativa impuesta por la Dirección General de Tráfico, que especificaba que cualquier pasajero que no llegara a esta edad tenía totalmente prohibido viajar sobre un vehículo de dos ruedas, independientemente de quién fuera su acompañante, y de si llevara casco y la protección requerida. Pero la DGT ha actualizado esta norma, con un pequeño asterisco.
Porque seguirá vigente, al menos por ahora, con una excepción, y es que la edad mínima requerida ha bajado, y ya no hará falta tener 12 años para ir de pasajero en una moto en ciclomotor. Con 7 años bastará para poder hacer de maleta, siempre y cuando se sigan respetando las normativas, y nunca se coloque delante del conductor, al alcance del manillar. Aunque esto tan solo estará consentido en caso de quién sea la persona que conduce.
Y es que tan solo se dejará a los niños de siete años o más ir en moto cuando el conductor sea su padre, madre o tutor legal, o por cualquier persona con más de 18 años que haya recibido previamente la autorización de cualquiera de estos para poder hacerse cargo y asumir la responsabilidad. De lo contrario, será considerado como una infracción grave, y penalizada, con unas multas que quitan el hipo y que sirven como advertencia a la gente que se quiera saltar estas reglas.
Multas de hasta 2.000 euros
Si no se cumplen con las normas impuestas, como adaptar la moto y el casco a los pasajeros menores de edad, considerando el riesgo que hay de accidente en moto, las multas pueden llegar desde los 200 hasta los 2.000 euros. Por lo tanto, más vale seguir las indicaciones de la DGT.