A qué penas se enfrenta Raúl Asencio tras ser procesado formalmente por un delito de difusión de vídeos sexuales
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Raúl Asencio ha sido procesado formalmente por la difusión de imágenes de contenido sexual en las que aparece una menor
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Desde ElDesmarque hemos contactado con un abogado experto para conocer todos los detalles
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Raúl Asencio ha sido procesado formalmente junto a sus tres excompañeros, Andrés García, Ferrán Ruiz y Juan Rodríguez, por la grabación de imágenes de contenido sexual de dos mujeres, una de las cuales era menor, y difundirlas sin consentimiento. El juez a cargo del caso ha puesto fin a la instrucción y ha iniciado el proceso penal contra los cuatro implicados.
El instructor del caso aprecia indicios de los siguientes delitos de los cuatro acusados entre los que se incluye el defensor del Real Madrid:
- descubrimiento de secretos sin consentimiento y vulneración de la intimidad (artículo 197.1 del Código Penal)
- distribución y envió a terceros de los vídeos sin advertencia a las perjudicadas ni consentimiento de ellas (artículo 197.3)
- captación o utilización de menores de edad con fines pornográficos y posesión de pornografía infantil (artículo 189, 1 y 5 del Código Penal)
A qué penas se enfrenta Raúl Asencio
Desde el Twitch de ElDesmarque hemos contactado con Eloi Castellernau, un abogado experto del Bufete Jurídico Jover, para comentar las consecuencias y en qué estado se encuentra el proceso judicial con Raúl Asencio como uno de los procesados.
“La conducta se circunscribe en el ámbito de difundir imágenes de contenido sexual. Es importante distinguir que fueron relaciones consentidas entre menores, lo que no fue consentido, parece ser y de manera presunta, es la grabación del vídeo y su posterior difusión”, comenta este experto.
“Si queda acreditado que el jugador del Real Madrid era titular del número de teléfono que solicitó el vídeo, pues evidentemente será difícil poder explicar que de manera casual y sin saber reenvío un video de contenido sexual sin tener conocimiento”, explica Castellernau. “No es lo mismo las penas para los que grabaron el vídeo y lo difundieron inicialmente que aquellos que replicaron lo que les habían enviado. Si se demuestra que se realizó a través de su terminal da igual su conducta o si lo reenvío una, cinco o trecientas veces. La conducta delictiva es reenviar una imagen, en este caso de contenido sexual y sin el consentimiento de las personas que aparecen en el vídeo”.
“En cuanto a la pena a la que se enfrenta Raúl Asencio si se confirma su implicación en la difusión del vídeo será una pena de prisión, pero podría ser suspendida se manera ordinaria por ser inferior a los dos años, siempre que se satisfaga la responsabilidad civil que se pueda solicitar. Por lo tanto, podría no ejecutarse y las acusaciones podrían acabar articulando para Asencio un delito de revelación de secretos”, comenta el letrado. Puedes ver el análisis completo en el vídeo superior.
