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Nuevas ayudas para fomentar el deporte en edad escolar y para personas con discapacidad
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Nuevas ayudas para fomentar el deporte en edad escolar y para personas con discapacidad

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Ayudas de la Junta de Andalucía para fomentar el deporte en edad escolar y para personas con disca
Ayudas de la Junta de Andalucía para fomentar el deporte en edad escolar y para personas con disca

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado hoy la Orden de 25 de junio de 2024, para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas al fomento del deporte en edad escolar y para personas con discapacidad, en la actividad desarrollada por los clubes deportivos y secciones deportivas de Andalucía (modalidad FCD).

Los clubes y secciones deportivas que quieran solicitar estas ayudas, que cuentan con un presupuesto máximo de 500.000 euros, deberán estar inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas (RAED).

Esta convocatoria, que cubre el 100% del presupuesto de lo solicitado, está dirigida a dos actividades. La primera de ellas la organización de Escuelas Deportivas de Clubes y los gastos subvencionables serían el coste salarial del director deportivo y de los entrenadores o monitores de la escuela; las equipaciones y material deportivo no inventariable; el alquiler de instalaciones deportivas; y otros gastos directamente imputables a la realización de la actividad subvencionada, hasta un máximo del 15% del presupuesto.

Y en segundo lugar, la participación en competiciones deportivas oficiales federadas dirigidas a deportistas en edad escolar (entre 6 y 18 años) y a personas con discapacidad sin límite de edad. Entre los gastos subvencionables estarían los federativos (inscripciones, licencias y, en su caso, mutualidad); los de arbitraje; los de desplazamiento en transporte público o alquiler de vehículos; el alojamiento y manutención; y otros gastos directamente imputables a la realización de la actividad subvencionada, hasta un máximo del 15% del presupuesto.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. El plazo de concesión será de cinco meses, desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. La forma de pago será un anticipo del 100% del importe concedido y se tendrá un plazo de justificación de tres meses, desde la fecha del cobro de la subvención.

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