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La jueza respalda la figura de José María Muñoz y la solicitud de crédito de 8,6 millones
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La jueza respalda la figura de José María Muñoz y la solicitud de crédito de 8,6 millones

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M. N.

La jueza Ruiz González, encargada del caso en el que se ve inmerso el Málaga CF y también la que designó a José María Muñoz como administrador judicial de la entidad de Martiricos, ha emitido un auto para respaldar al máximo responsable en estos momentos del club, avalando la solicitud que hizo pública la directiva hace unos días "para formalizar una póliza de crédito por un importe de 8,6 millones de euros".

En el documento, que fue desvelado por 'La Jugada de Málaga' de Canal Sur RadioSER Málaga Málaga Hoy y al que ha tenido acceso ElDesmarque, la magistrada recalca cuáles son las funciones del administrador y las razones por las que los detractores de esta solicitud no pueden oponerse a la misma.

Estos, según el auto, fueron Management Empresarial Málaga S.L., Málaga Viva Deportiva S.L.,y el abogado Dumet Grayeb. El Ayuntamiento de Málaga y la APA (Asociación de Pequeños Accionistas) también presentaron alegaciones al respecto, aunque "sin oponerse a la petición formulada".

Indica Ruiz González que el administrador judicial, en este caso Muñoz, "es una figura prevista en el ordenamiento jurídico para la garantía y control de los derechos patrimoniales de las partes" y que se distingue del social en que tiene "unas funciones mucho más acotadas", por lo que responde "directamente ante el juez y no ante los socios".

Asimismo, añade que sus funciones son extensibles a las de administrador judicial, ya que es un "gestor" que se ocupa de dirigir "la empresa, su fiscalización, vigilancia y control". Incluye además la necesidad de "producir" el patrimonio de la entidad -dejando clara la dificultad de establecer las obligaciones clasificadas del administrador-.

Alega la magistrada que José María Muñoz, en su primer escrito respecto al crédito y más adelante en el segundo, dejó clara la necesidad "de prever a corto plazo la disponibilidad de tesorería para poder afrontar, de ser necesarios, determinadas obligaciones que pudieran devenir", amparándose en las circunstancias económicos acarreadas por la situación sanitaria extrema, que ha llevado a la pérdida de ingresos. También aclaró "la finalidad que se dio al anterior préstamo".

Así, señalando directamente a Management Empresarial Málaga S.L., el auto añade que: "Parece en su segundo escrito de alegaciones olvidar que una cosa es la causa penal y el derecho a la defensa de cualquier investigado, y otra es la administración judicial de la entidad Málaga Club de Fútbol SAD y la forma en que la misma debe ser gestionada, que no ha cambiado en cuanto a la normativa que se le aplica, sino únicamente en el órgano de Administración que ha sustituido por designación judicial al anterior".

"La que suscribe reitera que el derecho de acceso a la información que se solicita no le es dado por la legislación mercantil, ni nada tiene que ver con su derecho a la defensa penal. La entidad acusadora parece estar buscando una especie de atajo para acceder a una información cuya publicidad está reglada por el ordenamiento jurídico mercantil, normativa que no cambia ante la pendencia de un procedimiento penal más que en lo estrictamente necesario, como es el dictado de resoluciones como la que nos ocupan: el administrador judicial sustituye al órgano de administración de la sociedad y su gestión está subordinada en determinados momentos a la previa autorización de actos por el juez que le ha designado, cual es el caso", agrega el documento.

"Una vez expuesto de forma breve la situación de tesorería del club, el sr. administrador ha detallado en su segundo escrito los conceptos sobre los que se le pidió aclaración por alguna de las acusaciones, cuáles son las condiciones en que se llevaría a cabo la contratación de esa futura póliza de crédito y el procedimiento para constituirla, a lo que no se ha hecho objeción alguna por la entidad solicitante (Málaga Viva Deportiva S.L.)", proseguía.

Manolo Gaspar, Martín Aguilar y Muñoz (Foto: Málaga CF).
Manolo Gaspar, Martín Aguilar y Muñoz (Foto: Málaga CF).

Respecto a la ampliación de capital y el crédito

La jueza, al final del documento, señala la imposibilidad de solicitar una ampliación de capital en estos momentos, tal y como pedían algunas de las partes, para subsanar la economía del club: "Ya se ha expuesto en numerosas ocasiones que la situación de provisionalidad en la que se encuentra actualmente la titularidad de las acciones de la SAD (pendientes de resolución judicial) son, además de otras razones sobradamente conocidas por las partes, un gran obstáculo para iniciar un proceso que no solo no es fácil de tramitar, que necesita su tiempo y que el dictado de una sentencia en un sentido o en otro podría ser decisiva a la hora de llevar a cabo dicha operación".

Y finaliza el auto autorizando a Muñoz a llevar a cabo la solicitud de crédito planteada: "Examinada la petición formulada junto con la documental, la que suscribe, atendiendo a la protección de la empresa, su necesidad de liquidez a corto plazo, el interés que ha de ser tenido en cuenta en este caso, que es el de la empresa y no el de particulares, y entendiendo que no hay otra opción viable disponible en este momento que pueda resultar más beneficiosa para la entidad societaria, se considera procedente autorizar de forma expresa el acto de gravamen que se recoge en la parte dispositiva de la presente resolución".

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