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La ACB sanciona al Bilbao Basket con 210.000 euros por dos "faltas muy graves"
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La ACB sanciona al Bilbao Basket con 210.000 euros por dos "faltas muy graves"

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ElDesmarque / EFE

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El juez disciplinario de la ACB ha impuesto al Bilbao Basket una sanción de 210.000 euros "por incurrir en dos faltas muy graves" que motivaron su expulsión de la liga el pasado julio, una decisión anulada semanas más tarde por el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD).

Según la nota hecha pública por la ACB, Juan Ramón Montero Estévez "ha confirmado que la conducta y actuación" de la ACB el "fue correcta y se ajustó a derecho, acreditando en el fallo el incumplimiento muy grave por parte del Bilbao Basket de dos artículos capitales que recogen los estatutos" de la ACB.
El juez disciplinario considera demostradas estas dos faltas, tanto "el impago de la deuda del club con la ACB en los plazos previstos en los estatutos" así como "la falta de pago a la gran mayoría de jugadores de la plantilla durante las temporadas 2012-13 y 2013-14".
Esta deuda, recuerda la nota, "llevó al Bilbao Basket a plantear un preconcurso de acreedores" y a la ACB a adoptar la resolución de su no inscripción en julio de 2014 "toda vez que el club adeudaba a los jugadores el 69% de los salarios comprometidos, además de la no restitución en plazo del Fondo de Garantía Salarial".
El juez, no obstante, tiene en cuenta tras analizar las circunstancias actuales que el club "ha adoptado medidas y soluciones tendentes a minorar los perjuicios a los jugadores y entrenadores" y por ello considera " que la sanción a imponer en el momento en que se produce esta resolución debe ser la de multa y no la de descenso deportivo".
La primera sanción impuesta es el "apercibimiento y multa de 10.000 euros" por infringir el artículo relativo al incumplimiento de los acuerdos de tipo económico de la ACB y la segunda de 200.000 euros "por falta muy grave por el incumplimiento de los deberes o compromisos adquiridos con el Estado o con los deportistas".
El Bilbao Basket, recuerda la ACB, podrá interponer recurso ante el TAD contra esta resolución en el plazo de 15 días hábiles.

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