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Las variables de la moción de censura

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La moción de censura que la Asamblea de la Federación Española de Fútbol debe votar puede toparse con numerosas variables según el día en que dictamine el Consejo de Estado y falle luego el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), que también debe resolver una reclamación contra la fecha del martes 16 de enero.El recurso ante el TAD y la Comisión Electoral de Luis Rubiales, impulsor de la moción, en contra de votarla ese día, porque hay competición de fútbol sala que puede afectar a la asistencia de asambleístas e impedir su derecho al voto, aumenta las incertidumbres sobre la misma hasta que ambos órganos se pronuncien.
Pero la moción está condicionada a su vez a otros pronunciamientos, en concreto el dictamen del Consejo y la resolución del TAD, si ambos son anteriores a la fecha en la que se reúna la Asamblea para votar y se decantan por repetir el proceso.
En este caso la moción puede quedar a un lado si, como el TAD reflejó en su fallo de hace una semana, entienden que hubo irregularidades en los últimos comicios, en los que Ángel Villar fue reelegido el 22 de mayo, y hay que repetir la votación para formar la asamblea y elegir de nuevo al presidente.
Pero este complejo proceso puede complicarse aún más. Y lo hará si Ángel Villar dimite, antes de que se vote la moción, -si se llega a ello-, o si obtiene, en cualquier momento, una resolución judicial a su favor sobre la suspensión cautelar de su sanción.
Villar, por estar suspendido temporalmente un año, pero no inhabilitado, es el objeto de la moción de Rubiales, expresidente de la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) y si el primero formaliza su dimisión y no habría lugar a ella.
Otro escenario posible, justo en sentido contrario al anterior, es el de la reposición de Villar en el cargo de presidente que desde su suspensión ocupa Juan Luis Larrea, si obtiene una respuesta favorable del juzgado en el que ha pedido medidas cautelares contra la suspensión de un año que cumple desde el pasado 25 de julio.
Con estas hipótesis la moción de censura está en manos del Consejo de Estado, el TAD y la Comisión Electoral, que además tiene que pronunciarse sobre los asambleístas (doce) que han perdido esa condición.
El TAD concluyó el pasado día 24 que Villar utilizó "su cargo para favorecer su reelección en términos contrarios a los principios de transparencia, objetividad e igualdad que deben regir los procesos electorales federativos, así como uno de los pilares esenciales de estos procesos como es la libertad del voto de los electores".
El mismo aludió a "graves irregularidades que están siendo objeto de indagación, por la jurisdicción penal, pero que (...) permiten apreciar que han viciado de forma determinante el proceso electoral celebrado el 27 de abril", fecha en la que se eligió a los miembros de la Asamblea que después votó al presidente.
"No resulta posible determinar qué estamentos fueron los afectados por las actuaciones de Villar, al tratarse de un conjunto de actividades de carácter general que incidieron en el conjunto del proceso electoral", aunque algunos asambleístas alegaron que si se estimara la existencia de "irregularidades invalidantes de la elección y ésta tiene que repetirse se haga únicamente en los estamentos afectados".
Por esta razón "el Tribunal estima que procede la repetición del proceso electoral en su integridad", opción sobre la que debe opinar el Consejo de Estado, cuyos dictámenes se suelen cumplir por los órganos que le consultan.

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