Oficial: Entra en vigor el uso obligatorio de la mascarilla para hacer deporte
El uso la mascarilla es obligatorio desde este lunes en la Comunitat Valenciana durante la práctica de actividad física o deporte dentro de los núcleos urbanos y en los espacios al aire libre, en el horario comprendido entre las diez de la mañana y las siete de la tarde.
La resolución de la Conselleria de Sanidad publicada este sábado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana por la que se prorrogan medidas contra el coronavirus y se adoptan otras nuevas, ha entrado en vigor a las 00.00 horas de este lunes y mantendrá su vigencia hasta las 23.59 horas del 15 de febrero.
Entre las novedades que se introducen, figura la obligatoriedad de usar mascarilla para hacer deporte en núcleo poblacional, en el horario de 10 a 19 horas, así como la obligación de usar mascarilla en las playas "en todo momento" para todas las personas mayores de seis años.
La mascarilla no será obligatoria durante la práctica de actividad física o cualquier otra actividad fuera de núcleos de población con la que resulte incompatible su uso, ni tampoco en las actividades infantiles y juveniles de ocio mientras se permanezca con el grupo de convivencia estable.
En cuanto a las playas, se permite el acceso para pasear o hacer actividad física y deportiva al aire libre, manteniendo la distancia social, sin superar el máximo de personas que pueden permanecer en grupo (actualmente un máximo de dos, salvo convivientes) y siempre con la mascarilla puesta a partir de los 6 años.
Además, mediante esta resolución se cierran las saunas, spas, solárium, baños turcos, balnearios, salones de masajes y similares.
En cuanto al cierre a las 18 horas de los locales y superficies comerciales que venden productos o artículos, la resolución aclara que no será de aplicación a los supermercados, autoservicios y demás pequeños comercios de alimentación.
Tampoco están incluidos los establecimientos cuya actividad principal es la prestación de servicios profesionales y los centros en los que se imparte formación no reglada.
Excepciones al uso de la mascarilla
Las excepciones a la norma de Sanitat son las siguientes:
1.3.3. El uso de la mascarilla no será obligatorio en los siguientes supuestos:
a) Durante la práctica de actividad física o cualquier otra actividad fuera de núcleos de población con la que resulte incompatible su uso.
b) En las actividades infantiles y juveniles de ocio mientras se permanezca con el grupo de convivencia estable.
1.3.4. La obligación contenida en los apartados anteriores no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla o que por su situación de discapacidad o dependencia no dispongan de autonomía para quistarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización y en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad.
1.3.5. A los efectos del presente acuerdo, la obligación del uso se refiere a mascarillas, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, así como a su uso adecuado, es decir, que tiene que cubrir desde la parte del tabique nasal hasta la barbilla incluida. No se permite el uso de mascarilla con válvula exhalatoria, salvo en el ámbito profesional para el caso en que este tipo de mascarilla pueda estar recomendada.
La obligación de hacer deporte con mascarilla era hasta las 23.59 del 15 de febrero. Resolución consell3de sanidad de Valencia del dia 29. Apartado sexto. Mirad y veréis.
Otra sandez más, cerrar negocios a partir de las 18 donde los usuarios que iban a comprar llevan mascarilla y no hay riesgo de contagio mientras que a partir de las 19 no puedes salir a caminar porque está lleno de locos corriendo sin mascarilla que te tiran todas las gotitas a la cara