¿Cómo viajar en la nueva normalidad? Movilidad en coches o aviones
El BOE ha publicado este miércoles las medidas que el Gobierno ha aprobado para la 'nueva normalidad' una vez superada la desescalada tras el estado de alarma provocado por el coronavirus. Las comunidades y provincias que hayan superado la fase 3 ya podrán abrir sus fronteras, permitiendo la libre movilidad de sus ciudadanos para viajar, aunque estos deberían seguir aún una serie de indicaciones.
Las mascarillas seguirán siendo obligatorias en el caso del transporte público. Se eliminan las restricciones de aforo en autobuses o trenes, pero se seguirá intentando evitar las aglomeraciones. Para ello se aumentará la flota en caso de ser necesario y se extremarán las medidas de precaución para que todos los españoles tengan acceso a uno de estos medios de transporte.
Ya puedes consultar en el @boegob el RDL de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el #COVID19.
Establece las medidas que regirán en la #NuevaNormalidad https://t.co/JrVfmkT0fp pic.twitter.com/K2k4pJb6hl
— La Moncloa (@desdelamoncloa) June 10, 2020
En los vehículos privados aún se deberá llevar mascarilla siempre que sus ocupantes no vivan dentro del mismo núcleo familiar. En el caso de buques o embarcaciones, se deberán usar cuando no se pueda mantener una distancia de seguridad de 1,5 metros pero no en el camarote.
En el caso de los aviones, Aena y el Ministerio de Sanidad trabajarán juntos para detectar posibles casos en los aeropuertos. Los recursos de la empresa que gestiona la movilidad aérea estarán a cargo del Gobierno, que retribuirá todos los costes adicionales que esto suponga.
Los operadores de transporte aéreo y terrestre deberán recabar los datos de cada una de las personas que ocupen estos vehículos durante cuatro semanas. En ese tiempo podrán estar controlados para, en caso de posible contagio de uno de sus ocupantes, poder rastrear al resto y asegurarse de que no se produzca un rebrote a través de ellos.
Además, en el caso del transporte marítimo, se dan competencias a la Dirección General de la Marina Mercante para asegurar que cumplen las condiciones de seguridad cualquier barco o crucero que desee atracar en cualquiera de los puertos españoles.